Aspectos a tener en cuenta ANTES de contratar en Castilla y León. 

A pesar de que el plazo de presentación de las ayudas aquí descritas ya está vencido, es importante conocerlas, porque año tras año, las bases de estas subvenciones, ayudas o como queráis llamarlas, son prácticamente las mismas. Por este motivo, es importante estar prevenido y planificar la contratación de personal por cuenta ajena, de forma que en el futuro podemos solicitar alguna de las cantidades ofertadas, que siempre son bienvenidas. 


Los 4 programas que han sido subvencionables este año, han sido los siguientes:

 

  1. Programa I: Fomento de la contratación indefinida ordinaria. Contratos indefinidos ordinarios JORNADA COMPLETA.

Cuantía: 4.000 euros como cuantía base.

Se podrá incrementar en:

  • 2.000 €. Contratos con menores de 35, en actividades relacionadas con el medio ambiente, sostenibilidad energética, tratamiento de residuos, energía renovables, ciberseguridad, big data, inteligencia artificial y/o automatización de procesos. También para empresas donde más del 50% de sus plantilla pertenezcan a los grupo de cotización 1 y 2 (personal altamente cualificado). También para trabajadores de cualquier edad que hayan concluido una acción de formación profesional para el empleo, por encima de 20 horas (cursos del sepe)
  • 1.500. Para el caso de mujeres, personas con discapacidades del 33% o superior, personas en riesgo de exclusión social, inmigrantes, emigrantes CyL retornados, refugiados con derecho de asilo, víctimas de violencia de género.
  • 500 € si el centro de trabajo está situado en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Algunas cláusulas específicas:

  • No haber despedido trabajadores en los 12 meses anteriores a la fecha de contratación. Y si se ha hecho, se hayan sustituido por otros trabajadores en las mismas condiciones no siendo objeto de subvención.
  • No son susceptibles de aplicación contratos con personas previamente contratadas en los 6 meses anteriores a la fecha de la contratación sobre la que se pretende obtener subvención



  2. Programa II: Fomento de la contratación indefinida ordinaria del primer trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia. JORNADA COMPLETA

Se entiende que la empresa realiza su primera contratación, cuando no ha tenido trabajadores en los últimos 12 meses a contar desde la fecha de contratación. No cuentan los casos de sucesión en la titularidad de la empresa. Es decir, si la empresa cambia de titular, hereda el historial de contrataciones del anterior titular.

Cuantía: 4.500 euros como cuantía base.

Se podrá incrementar en las mismas cuantías que el caso anterior, además del siguiente supuesto:

  • 1.500 € si el autónomo ha sido beneficiario de la subvención para el fomento del autoempleo en titulados universitarios o FP medio o superior.

 

 

  3. Programa III: Fomento de la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos. JORNADA COMPLETA.

Los contratos que se pueden transformar serían:

  • Formación en alternancia. Al menos con 3 meses de antigüedad
  • Formativos para obtener la práctica profesional. Al menos con 3 meses de antigüedad
  • Relevo. Al menos con 3 meses de antigüedad
  • Con mayores de 55 años incluidos en algún programa de empleo específico. Al menos con 12 meses de antigüedad.

En cualquier caso, la transformación ha de hacerse ANTES de que venzan los contratos a transformar.

Cuantía: 2.500 euros como cuantía base. 4.000 € para el caso de los mayores de 55 años.

 

  4. Programa IV: Fomento de la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial, formalizados con mujeres. El requisitos imprescindible es que, sean mujeres inscritas como demandantes de empleo al menos el día de antes de la fecha de contratación.

El contrato a transformar, debe de haber tenido una antigüedad mínima de 12 meses continuados

Cuantía: 2.000 euros como cuantía base, ampliable en otros 1.500 si la mujer contratada es menor de 35 años.


Solo para los programas I, II y III, el personal contratado ha de cumplir uno de los siguientes requisitos:

  • Ser menor de 35 años. Inscritas como demandantes al menos el día anterior a la fecha de la contratación.
  • Personas desempleadas de larga duración. Es decir, inscritas como demandantes de empleo al menos durante 12 meses en los últimos de 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la contratación. Los trabajadores agrarios: 180 días en el periodo inmediatamente anterior de 9 meses
  • Personas de 45 años o más. Inscritas como demandantes al menos el día anterior a la fecha de la contratación.

Por tanto, muy atentos a estos 3 requisitos mínimos cuando se baraje la posibilidad de contratar a un trabajador en Castilla y León. Si los astros se alinean, podemos conseguir cantidades entre los 2.000 € y los 6.000 €.
Cualquier duda, ya sabes dónde estamos. A  disposición del emprended@r


Pinza con nota importante para la contratación de trabajadores en Castilla y León