A pesar de que el plazo de presentación de las ayudas aquí descritas ya está vencido, es importante conocerlas, porque año tras año, las bases de estas subvenciones, ayudas o como queráis llamarlas, son prácticamente las mismas. Por este motivo, es importante estar prevenido y planificar la contratación de personal por cuenta ajena, de forma que en el futuro podemos solicitar alguna de las cantidades ofertadas, que siempre son bienvenidas.
Los 4 programas que han sido subvencionables este año, han sido los siguientes:
Cuantía: 4.000 euros como cuantía base.
Se podrá incrementar en:
Algunas cláusulas específicas:
2. Programa II: Fomento
de la contratación indefinida ordinaria del primer
trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia. JORNADA COMPLETA
Se entiende que la empresa realiza su primera contratación, cuando no ha tenido trabajadores en los últimos 12 meses a contar desde la fecha de contratación. No cuentan los casos de sucesión en la titularidad de la empresa. Es decir, si la empresa cambia de titular, hereda el historial de contrataciones del anterior titular.
Cuantía: 4.500 euros como cuantía base.
Se podrá incrementar en las mismas cuantías que el caso anterior, además del siguiente supuesto:
3. Programa III: Fomento de la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos. JORNADA COMPLETA.
Los contratos que se pueden transformar serían:
En cualquier caso, la transformación ha de hacerse ANTES de que venzan los contratos a transformar.
Cuantía: 2.500 euros como cuantía base. 4.000 € para el caso de los mayores de 55 años.
4. Programa IV: Fomento de la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial, formalizados con mujeres. El requisitos imprescindible es que, sean mujeres inscritas como demandantes de empleo al menos el día de antes de la fecha de contratación.
El contrato a transformar, debe de haber tenido una antigüedad mínima de 12 meses continuados
Solo para los programas I, II y III, el personal contratado ha de cumplir uno de los siguientes requisitos:
Por tanto, muy atentos a estos 3 requisitos mínimos cuando se baraje la posibilidad de contratar a un trabajador en Castilla y León. Si los astros se alinean, podemos conseguir cantidades entre los 2.000 € y los 6.000 €.
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